Dos días para realizar la portabilidad. ¿Se hará realidad?

En mayo de este año el Gobierno de Españo publicó la Referencia del Consejo de Ministros en la que se manifestó, entre otros, una ampliación de los derechos de los usuarios de telecomunicaciones.

Novedades en la Carta de Derechos

El tema de la portabilidad formó parte de los nuevos derechos del usuario y así figuró en la Carta de Derechos:

"La Carta reduce de quince a dos días el plazo que el operador tiene para dar de baja a un cliente. Una vez que el usuario comunique su decisión de darse de baja, el operador deberá realizarla en dos días y queda prohibida la facturación posterior a ese período. Además, el proceso habilitado por el operador para darse de baja deberá garantizar que el usuario dispone de constancia para acreditarla."

Incluso se habló de que "el plazo máximo para la portabilidad (cambio de operador con seriación del número) se reduzca a tan sólo un día".

Derechos de los usuarios (CMT)

A continuación la CMT (Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones) publicó la Carta de Derechos del Usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, cuyas normas y derechos entraron en vigor el 30 de agosto de 2009, manteniendo los derechos ya existentes. Aunque la portabilidad también fue tematizada ("Derecho a celebrar contratos y a rescindirlos, así como a cambiar de operador") no se habló del margen de tiempo en que se debería realizarla.

¿Qué experiencias teneis vosotros? ¿Se ha cambiado el tiempo que tarda la portabilidad en la práctica?

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